El marco en resumen

Qué debe confirmarse en la implantación.

Entidad y alcance

La obligación no debe inferirse solo por el número de trabajadores. La naturaleza pública o privada, el sector, la actividad y otras reglas aplicables pueden alterar el encaje.

Recepción y seguimiento

El canal debe permitir la presentación y el seguimiento seguro de las denuncias. Los procedimientos tienen que prever recepción, análisis, comunicación y medidas adecuadas.

Confidencialidad y acceso

La ley exige proteger la identidad o el anonimato e impedir el acceso de personas no autorizadas. La organización debe articular controles técnicos con reglas internas.

Registro y conservación

Las denuncias y la información asociada deben documentarse y conservarse en los términos aplicables, considerando también eventuales procesos judiciales o administrativos.

Notificación preceptiva del RSII (Autoridad Independiente A.A.I.): Conforme al Real Decreto 1101/2024 y a las Recomendaciones Técnicas 1/2026 a 3/2026 de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), las organizaciones sujetas a la Ley 2/2023 deben comunicar preceptivamente el nombramiento del Responsable del Sistema Interno de Información (RSII) a través de la sede electrónica oficial habilitada por la autoridad.