Organizar el Sistema interno de información en el sector público
La implantación de un canal de denuncias en la administración pública española exige cumplir de forma estricta con la Ley 2/2023, de 20 de febrero. Los organismos públicos, agencias estatales, corporaciones de derecho público y entidades autonómicas deben garantizar que cualquier empleado público, funcionario, personal laboral o contratista pueda alertar sobre infracciones normativas con total seguridad y protección frente a represalias laborales o estatutarias.
Segregación de funciones y régimen de incompatibilidades
El Responsable del Sistema Interno de Información debe actuar con independencia y autonomía. En una entidad pública, el instructor no puede depender jerárquicamente del órgano cuyas decisiones se analizan. La plataforma de gestión de denuncias debe permitir designar instructores suplentes cuando surja un conflicto de interés directo con la persona responsable ordinaria, impidiendo que el expediente sea visible para los cargos señalados en la comunicación.
El registro de las actuaciones se mantiene en un entorno seguro y confidencial. Las comunicaciones anónimas deben admitir diálogo bidireccional continuo mediante códigos de seguimiento seguros, lo que permite solicitar aclaraciones adicionales, recabar documentos probatorios y notificar el estado de la tramitación sin desvelar la identidad del informante.
La Ley 2/2023 establece un plazo máximo de 7 días naturales para emitir el acuse de recibo y de 3 meses para concluir las actuaciones de investigación, prorrogable excepcionalmente por otros 3 meses adicionales en expedientes de especial complejidad técnica.
Trazabilidad, protección de datos y registro de informaciones
El tratamiento de los datos personales en el sector público se rige por el RGPD y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). La plataforma UNOVOX garantiza el registro formal de informaciones exigido por el artículo 31 de la Ley 2/2023, asegurando que las identidades del informante y de las personas afectadas queden reservadas en todo momento. Solo el personal expresamente facultado tiene acceso a los expedientes.
Las pruebas periódicas del sistema permiten ensayar comunicaciones anónimas, verificar los circuitos de derivación hacia comités de ética o asesoría jurídica y comprobar la eficacia de los recordatorios automáticos de plazos. Las estadísticas anuales agregadas ofrecen a los órganos de gobierno una visión objetiva de la integridad institucional sin exponer datos individuales ni relatos confidenciales.
Al concluir el expediente, la resolución debe motivar con precisión los hechos acreditados, las medidas correctoras acordadas y el archivo o derivación a órganos externos competentes como la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), la Fiscalía o el Tribunal de Cuentas, documentando cada decisión en el historial inmutable del caso.
